TESTIMONIO: VISTO: La ejecución de la obra Remodelación de la Avenida San Martín en el tramo comprendido entre las calles 1 y 107, en un todo de acuerdo con el proyecto realizado por la Dirección Provincial de Vialidad, y CONSIDERANDO: Que nuestro Municipio destinó para la ejecución de la obra de referencia un total de Pesos Doscientos Mil ($ 200.000.-), fondos correspondientes al Plan Trienal de Obras, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires. Que se ha suscripto con anterioridad un convenio parcial de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000.-) por lo que el presente completa el total comprometido. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 48/98 ------------------------------ ARTICULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir ------------ Convenio con la Dirección de Vialidad, cuya copia forma parte de la presente como Anexo I, para la obra Remodelación Avenida San Martín (Ruta Provincial 55) entre calles 1 y 103, Segunda Etapa, por un presupuesto de Pesos Cincuenta Mil ($ 50.000.-).--------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintitrés días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-----------